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Las mentiras sistemáticas de carabineros para evadir responsabilidad en casos de violaciones a los DDHH

Ilustración: Marco Valdés

Falsificación de documentos públicos, videos de cámaras institucionales que son ocultados o nunca aparecen y sumarios que protegen a los responsables. Documenta recopiló 11 casos que muestran las maniobras utilizadas por Carabineros para encubrir su responsabilidad en las indagatorias por violaciones a los DD.HH. A través de Transparencia, la institución informó que 26 de los 31 uniformados vinculados a estos casos se mantienen en servicio activo, cuatro en retiro temporal y sólo uno completamente desvinculado de la institución.

Gabriela Pizarro
18/10/2021

A dos años del 18 de octubre que marcó a Chile, Documenta recopiló 11 casos que reflejan las maniobras y tácticas utilizadas por Carabineros para ocultar su responsabilidad en investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos. Falsificación de documentos, manipulación de pruebas y ocultamiento de información clave son algunos de los hechos que están siendo indagados por la justicia.

A través de una solicitud por Transparencia, Documenta pudo comprobar que de 31 carabineros involucrados en casos de violaciones a los derechos humanos y otros delitos como falsificación de instrumento público, 26 aún se mantienen en servicio activo. Sólo uno ha sido desvinculado definitivamente de la institución, porque renunció voluntariamente, mientras que otros cuatro se encuentran en retiro temporal, un estatus que deja abierta la posibilidad de que se reintegren a las filas dentro de los tres años siguientes.

La revisión de los casos, que pueden leerse en detalle al final de este reportaje, muestra que estas malas prácticas no son hechos aislados, sino un modus operandi que se replica dentro de la institución en distintos puntos del país. Un comportamiento de manual que la institución no castiga. Así lo demuestra, por ejemplo, el caso de un capitán en Ovalle que se mantiene en servicio activo hasta hoy, a pesar de haber sido condenado por disparar a quemarropa y sin justificación contra un manifestante, además de detenerlo ilegalmente, falseando el parte policial. Si bien la condena se anuló, obligando a realizar un nuevo juicio oral, la razón fue que no se incluyó el delito de homicidio frustrado en la sentencia original. Además, el uniformado apareció como “capitán en retiro” en la prensa al momento de enfrentar la sentencia, pero lo cierto es que la institución sólo lo trasladó a unas cuadras de la comisaría donde ejercía cuando cometió el delito.

Documenta conversó con abogados de distintas organizaciones que se han dedicado a representar a las víctimas agredidas por Carabineros, incluso desde antes del estallido social. Todos coinciden en que este es un problema de larga data que empeoró tras las protestas de 2019 y advierten que el sistema judicial ha hecho caso omiso ante esta realidad.

FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS EN SERIE

Por cada procedimiento policial, Carabineros está obligado a generar un parte. Un instrumento público que, en teoría, debe contener un relato objetivo de los hechos e identificar a los involucrados. Pero en las causas por violaciones a los derechos humanos la manipulación y el falseo de estos documentos es una práctica normalizada entre los uniformados. En eso coinciden los abogados conocedores del tema y así lo reflejan los casos revisados por Documenta para este reportaje.

Cada parte policial está compuesto por un relato central, escrito en tercera persona, además de un anexo que incluye una declaración firmada por cada funcionario policial que haya participado del procedimiento. Pero cuando los involucrados son uniformados, esas declaraciones, según explican los abogados, se elaboran con el objetivo de protegerlos ante eventuales acusaciones. La versión manipulada se reproduce en serie, con el mismo contenido, para que sea firmada por todos los involucrados.

“Lo normal es que todas las declaraciones anexas al parte digan lo mismo y lo único que cambia es el nombre de quien declara. Eso te dice que hay alguien que está redactando por todos”, explica el abogado Patricio Pereira, integrante de Defensa Popular, una plataforma que reúne a abogados que acumulan décadas de experiencia en causas por violaciones a los derechos humanos.

Según el abogado, el delito de falsificación de instrumento público rara vez se persigue y, por ende, usualmente no acarrea consecuencias para los uniformados. “Mientras el mando lo ordene o lo permita, sienten que pueden hacer lo que quieran. Es parte de la escuela que viene de la dictadura y que nunca se ha reformado, todo lo contrario”, ahonda Pereira.

CÁMARAS QUE NO GRABAN Y NORMAS QUE EVITAN LA EXPULSIÓN

Los abogados entrevistados por Documenta también coinciden en que es muy difícil acceder a los registros de las cámaras de Carabineros, a menos que las imágenes sirvan para exculpar a los uniformados o probar el delito de algún detenido. “En ninguno de los 25 casos del estallido que llevamos como querellantes contamos con imágenes de Carabineros”, asegura Pereira.

Las cámaras que supervisan el actuar de Carabineros están en diferentes lugares -dentro de las comisarías, en los vehículos policiales y también adosadas al uniforme de quienes controlan el orden público-, pero según los abogados, siempre hay una excusa para no entregarlas. “Te dicen ‘chuta, está mala hace mucho tiempo’. Y eso se podría periciar o investigar de alguna forma, pero no es prioridad”, relata Patricio Pereira.

Varios de los casos rastreados por Documenta han logrado sostenerse en tribunales gracias a los videos grabados por civiles. Esos registros terminan transformándose en la prueba clave para contrarrestar la férrea defensa de los policías.

Otro elemento relevante es lo que sucede con los sumarios internos de la institución, que han demostrado no ser confiables para establecer responsabilidades. Un claro ejemplo es lo que sucedió en el caso de Mario Acuña, un obrero que en octubre de 2019 fue brutalmente golpeado por tres carabineros, quedando en estado vegetal: “En ese caso Carabineros hizo dos sumarios. El primero absolvió a todos los funcionarios. El segundo se hizo después, con el proceso judicial andando y con los uniformados formalizados. Recién ahí el sumario dio de baja a los tres”, asegura Mariella Santana, abogada de la Corporación de Promoción y Defensa de los Derechos del Pueblo (Codepu).

El abogado Sebastián Salazar, docente de las universidades Alberto Hurtado y de O’Higgins, y estudioso de la estructura legal que regula el funcionamiento de Carabineros, agrega que “en los sumarios son los propios pares de los acusados los que investigan, no hay transparencia para acceder a los expedientes y no cumplen con estándares del debido proceso. Y sobre todo eso está la lógica de los pactos de silencio, que no es un problema solo de los sumarios, sino que institucional”.

Según la Ley Orgánica Constitucional que regula el funcionamiento de Carabineros, hay al menos tres razones vinculadas al comportamiento de los funcionarios que pueden implicar la desvinculación definitiva de la institución: haber sido mal evaluado en el sistema de calificación interna, ser sancionado con la expulsión tras un sumario o ser objeto de sanciones penales, que en el caso de los suboficiales corre sólo para los delitos de deserción y las penas aflictivas (desde los 3 años y un día).

Considerando la ineficacia de los sumarios y de los sistemas de control internos, ninguno de estos mecanismos obliga necesariamente a desvincular a los carabineros procesados o incluso formalizados por violaciones a los derechos humanos. Más aún, de no existir una sentencia judicial superior a los tres años, el funcionario podría reintegrarse incluso si ya fue dado de baja.

El experto Sebastián Salazar advierte que en algunos casos los funcionarios acusados son apartados antes del sumario y quedan en la categoría de retiro temporal. “Pero el retiro temporal es una salida con elástico”, asegura. “En sentido estricto, están fuera de la institución, pero pueden volver, porque el retiro temporal permite que la persona se reintegre al servicio activo dentro de los tres años siguientes. Solo hace falta que así lo decrete el general director”, explica el experto.

OTROS REPORTAJES


CASOS RELACIONADOS

18
AÑOS

Mujer Chilena

Fecha del evento: 19-10-2019, 21:20 hrs.
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Apremios ilegítimos
Quintero
Participaba de una marcha junto a una amiga cuando fue herida en la frente por un disparo de Carabineros cerca de la Comisaría de Quintero.

10
AÑOS

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Fecha del evento: 20-10-2019, 17:20 hrs.
Carabineros
Homicidio frustrado
Pudahuel
Se encontraba en un vehículo con familiares que pasó cerca de un centro comercial en Av. Claudio Arrau que estaba siendo saqueado. En ese contexto, el auto fue rodeado por carabineros en motocicleta que le pidieron la licencia al conductor. La víctima se intimidó por la cantidad de funcionarios y porque no tenía licencia, y continuó manejando. La huida provocó que uno de los policías disparara contra todos dentro del vehículo, hiriendo gravemente a un niño 10 años, a una de 9 y al conductor. Después del disparo el auto se detuvo y la policía procedió a sacar a las personas dentro del auto golpeándolas pese a que casi todos eran menores de edad. Los carabineros involucrados en el caso también fueron acusados de falsificación de instrumentos públicos, inventar un atropello y destruir una de las motos como si la víctima que conducía hubiera sido responsable.

AÑOS

Mujer Chilena

Fecha del evento: 20-10-2019, 14:40 hrs.
Carabineros
Apremios ilegítimos
Coquimbo
Acompañaba a su pololo en calle Aníbal Pinto con Portales, que grababa el accionar de Carabineros en el lugar, cuando fueron atacados por un grupo de policías. Uno de ellos, el capitán Luengo, la golpeó con su escopeta antidisturbios en la nuca.

LOS CASOS RASTREADOS POR DOCUMENTA

CASO 1: OVALLE, 19 DE OCTUBRE DE 2019

Durante una manifestación ocurrida en Ovalle el 19 de octubre de 2019, Benjamín Huerta (23) le gritó a un carabinero de civil que en ese momento intentaba atrapar a un adolescente mientras le apuntaba con su arma de fuego. Tras los gritos, el adolescente logró zafar de la detención y el policía de civil, identificado como el capitán Hugo Navarro Corvalán, apuntó y disparó hacia Huerta sin lograr herirlo. Entonces partió a capturarlo. Cuando lo atrapó, Navarro le disparó a Huerta a quemarropa en la zona pélvica, provocándole una fractura de pubis. Acto seguido, disparó contra los manifestantes que presenciaban la detención.

Herido y con la bala aún dentro de su cuerpo, Benjamín Huerta fue arrastrado por otros tres uniformados hasta la 3° Comisaría de Ovalle, donde fue golpeado e insultado por distintos funcionarios, quienes lo retuvieron por alrededor de una hora mientras se desangraba.

Esa misma noche, el capitán Hugo Navarro ordenó la confección de un parte policial para justificar la detención de Huerta por “maltrato de obra a carabineros” y adjuntó una detallada declaración con hechos falsos para sustentarlo. La Fiscalía lo formalizó por homicidio frustrado, falsificación de documento público y detención ilegal, aunque el Tribunal de Juicio Oral de Ovalle sólo lo condenó a cuatro años de libertad vigilada por apremios ilegítimos y lesiones graves, más 12 meses por detención ilegal.

El caso tuvo un vuelco a fines de septiembre de este año, cuando la Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público y los querellantes. El tribunal de alzada ordenó anular el juicio y realizar uno nuevo, ya que, según el fallo, la sentencia no se hizo cargo de la calificación de homicidio frustrado, a pesar de que el delito era compatible con los hechos probados en el juicio.

Aunque la prensa se refirió a Hugo Navarro como un capitán en retiro al momento de la condena, Documenta pudo comprobar que el funcionario sigue activo. Así lo informó la propia institución en la respuesta enviada por Ley de Transparencia a este medio, donde se indica que Navarro cumple funciones desde el 2 de marzo de 2020 en la Prefectura Limarí-Choapa ubicada en la zona alta de Ovalle, muy cerca de la comisaría donde ejercía cuando cometió los delitos.

 

CASO 2: PUDAHUEL, 20 DE OCTUBRE DE 2019

El 20 de octubre de 2019 nueve personas, entre ellas seis menores de edad, circulaban en un auto cerca de donde se producía el saqueo de un centro comercial en Pudahuel. Al detenerse en una luz roja, tres carabineros en motocicleta se acercaron a pedirle la licencia al conductor del vehículo, un joven de 18 años de iniciales M.M.J., quien no andaba con permiso y evadió el control. El teniente de Carabineros Diego Benavides disparó contra el vehículo e hirió con impactos de bala a M.M.J., a un niño de 10 años y a una niña de 9. Junto con ellos, el resto de los tripulantes fue sacado a la fuerza del vehículo. Una vez en el suelo, fueron golpeados por los tres policías que inicialmente realizaron el control y otros cuatro carabineros que se encontraban en el lugar. Finalmente, los detuvieron.

Benavides y los otros dos uniformados que andaban en motocicleta declararon que sus disparos al auto se produjeron luego de que M.M.J. intentara atropellarlo, lo que generó la formalización de los tres mayores de edad por robo en lugar no habitado y atentado a la autoridad.

Sin embargo, las declaraciones eran falsas. Así quedó demostrado con grabaciones de cámaras de seguridad expuestas en la formalización de los carabineros, quienes no sólo manipularon los hechos en el parte, sino que además rompieron la motocicleta de Benavides para hacer más realista la hipótesis del atropello. Actualmente los tres policías están formalizados en este caso por obstrucción a la investigación, falsificación de documentos, apremios ilegítimos y homicidio frustrado. Un cuarto funcionario, el mayor de Carabineros Juan José del Río Soubelet, fue formalizado por apremios ilegítimos, falsificación de documentos, obstrucción a la investigación y como encubridor de los homicidios frustrados, ya que los funcionarios declararon que él les ordenó mentir sobre los hechos y dañar la motocicleta. Además, otros tres carabineros están formalizados por apremios ilegítimos, por los malos tratos ejercidos contra los pasajeros del vehículo. Del Río presentó su renuncia y se acogió al retiro temporal, mientras que Benavides y el resto de los formalizados por falsificación de documentos y obstrucción a la investigación permanecen en servicio activo.

 

CASO 3: COQUIMBO, 20 DE OCTUBRE DE 2019

El 20 de octubre, en Coquimbo, Jonathan Montano (28) estaba grabando una manifestación con su teléfono, cuando fue increpado por un piquete de carabineros. El capitán Ricardo Luengo lo amenazó para que dejara de grabar, apuntándole con su escopeta antidisturbios, y le agarró con fuerza la mano derecha, provocando que el teléfono cayera, destruyéndose. Al intentar zafarse de la agresión, el joven fue reducido a golpes por otros uniformados, hasta quedar inmovilizado contra el suelo. En ese momento, Luengo disparó contra la víctima, provocándole una herida de gravedad al costado derecho del tórax. Después, Montano fue arrastrado hasta el vehículo policial, donde Luengo le propinó culatazos sobre la herida provocada por el disparo.

Una vez en la comisaría, el joven fue dejado en el calabozo, donde perdió la conciencia. Pasó varias horas sin recibir atención médica –ya que el oficial no informó sobre sus lesiones– hasta que un funcionario se percató de su estado y lo derivó al hospital.

Para justificar la detención, Luengo confeccionó un parte policial con hechos falsos, donde, según el Ministerio Público, acusó a la víctima de maltrato de obra a carabineros por haber atacado a los funcionarios “aumentando de forma incontenible su agresividad”, lanzándolos al suelo y lesionando a dos de ellos. El documento con la declaración de Luengo fue firmado por él y los otros cuatro uniformados que participaron en el procedimiento, quienes no realizaron sus propias declaraciones sino que se sumaron a la versión del capitán (vea el documento con esa declaración). Como si allí se hubiera sellado un pacto de silencio, los otros cuatro carabineros mantuvieron la versión incluso en las declaraciones posteriores frente a la Fiscalía.

Al día siguiente, la detención fue declarada ilegal. En enero de 2020, Luengo fue formalizado y enviado a prisión preventiva, donde aún se mantiene tras un año y 9 meses, por los delitos de apremios ilegítimos, falsificación de documento público, detención ilegal y obstrucción a la justicia. Este no es el único hecho que investiga la justicia contra el uniformado, ya que hay más víctimas que denuncian haber sido agredidas por él, incluyendo otro caso en el que también falseó información para ocultar su responsabilidad. Actualmente su retiro de la institución sigue siendo temporal.

 

CASO 4: PADRE HURTADO, 21 DE OCTUBRE DE 2019

Bernardino Becerra (48), quien sufre de discapacidad auditiva, y Freddy Herrera, circulaban en un auto durante el toque de queda en la comuna de Padre Hurtado, a las 9 de la noche del 21 de octubre de 2019. En Brasilia con Camino a Melipilla fueron chocados por un vehículo blindado de Carabineros, desde donde se bajaron cinco funcionarios que rodearon el auto y los apuntaron con sus escopetas antidisturbios. El cabo primero Miguel Toledo disparó en tres ocasiones contra el auto, hiriendo a Bernardino en su brazo izquierdo y abdomen. El copiloto se bajó y huyó, pero recibió perdigones en sus piernas. Bernardino logró salir del lugar en el vehículo, manejó algunas cuadras, pidió ayuda y perdió el conocimiento, siendo asistido por familiares. Por sus lesiones, se estableció que podría haber muerto de no haber recibido atención médica oportuna.

Los cinco carabineros involucrados en los hechos afirmaron en el parte policial que fueron las víctimas quienes los habían atacado y que el incidente había ocurrido el 22 de octubre a medianoche, en lugar del 21. Tras la investigación de los hechos se demostró que esa versión era falsa y el 30 de junio de este año los cinco policías fueron formalizados por falsificación de instrumento público y homicidio frustrado. Todos permanecen en servicio activo.

 

CASO 5: ÑUÑOA, 21 DE OCTUBRE DE 2019

La noche del 21 de octubre de 2019 Moisés Órdenes (55) participó en una manifestación en Plaza Ñuñoa. Ahí, un grupo de funcionarios de Carabineros lo hirió gravemente, en una golpiza que fue televisada en vivo en el noticiero de CNN Chile y CHV. Producto de la agresión, Órdenes perdió la visión de un ojo, quedó con un pulmón perforado, cinco costillas fracturadas, un hombro dislocado, un diente menos y una fractura nasal. Hasta ahora, hay 13 policías formalizados por tortura, seis de ellos por participar activamente de la golpiza y siete por no impedirla.

Tanto en sus declaraciones como en el parte policial, quienes lo golpearon argumentaron que la víctima los había amenazado de muerte, que se había resistido al arresto y que los había agredido. También dijeron que parte de sus lesiones eran previas, pero un video grabado por Órdenes, cuyo audio fue revelado por CIPER, demostró que nunca hubo amenazas o agresiones de su parte. Esta y otras pruebas de la Fiscalía permitieron una reformalización en julio de 2020, en la que se imputó a 11 de los carabineros involucrados por falsificación de instrumento público y obstrucción a la investigación. Los 11 permanecen en servicio activo.

 

CASO 6: CONCEPCIÓN, 5 DE NOVIEMBRE DE 2019

El 5 de noviembre de 2019, Juan Carlos Moreno volvía de una manifestación en Concepción, cuando en la esquina de Av. Los Carrera con Castellón se encontró con otra protesta. En ese lugar, una radiopatrulla embistió contra él, atropellándolo. La víctima logró saltar antes de ser impactado de lleno, golpeándose contra el parabrisas del vehículo y cayendo al suelo. El conductor de la radiopatrulla se dio a la fuga, sin prestar auxilio al afectado, quien sufrió una esguince de tobillo y una herida cortante en la espalda.

Tras el hecho, el capitán Joseph Meynet redactó un parte policial con hechos falsos, responsabilizando a la víctima por los daños al vehículo policial. En marzo de este año, Meynet fue formalizado por falsificación de instrumento público y detención ilegal, mientras que el cabo Manuel Sánchez, quien conducía la radiopatrulla, fue formalizado por el delito de lesiones menos graves y por incumplir la obligación de prestar ayuda a la víctima. Ambos uniformados siguen activos: Sánchez en la misma comisaría donde cumplía funciones al momento de protagonizar el atropello, y Meynet en la subcomisaría de San Pedro de la Paz, donde asumió como subcomisario en enero de 2020.

 

CASO 7: COYHAIQUE, 6 DE NOVIEMBRE DE 2019

El 6 de noviembre de 2019 Martín Sanhueza (19) fue detenido durante una manifestación en Coyhaique como el supuesto responsable de herir a un carabinero con un piedrazo. Durante su detención, y según la querella presentada por el INDH, un uniformado le agarró los testículos y le dijo “te vas a acordar de mí, cabro de mierda, voy a pasar tres días haciéndote la ficha”.

Horas después, el prefecto de Carabineros de Coyhaique, Pablo Capetillo, y el capitán Juan Francisco Fuentes –ambos presentes durante el piedrazo–, fueron notificados por el Laboratorio de Criminalística de que en videos registrados por otro carabinero se demostraba que Sanhueza no había sido responsable de la agresión. Capetillo, quien también grabó los hechos con su celular personal, ordenó la exclusión de las imágenes en el parte policial. Además, él, Fuentes y otros cuatro uniformados declararon en contra del joven. Así, Martín Sanhueza fue formalizado el 7 de noviembre de 2019 por maltrato de obra a Carabineros y estuvo en prisión preventiva durante cinco días.

Dos semanas después, Capetillo fue formalizado por obstrucción a la investigación, luego de que la Fiscalía se enterara de la existencia de los videos ocultados por los funcionarios policiales. Fuentes fue formalizado por los mismos delitos el 4 de abril de 2020 y actualmente ambos se encuentran a la espera del juicio oral. Capetillo se acogió a retiro absoluto el 3 de febrero de este año, mientras que Fuentes sigue activo como comisario de la 5° Comisaría de Fuerzas Especiales de Aysén.


CASO 8: SANTIAGO, 8 DE NOVIEMBRE DE 2019

Gustavo Gatica participaba en las manifestaciones que ocurrían en las cercanías de Plaza Italia cuando funcionarios de Carabineros empezaron a disparar perdigones y balines a corta distancia, los que impactaron en sus dos ojos. La víctima finalmente perdió por completo la visión.

En el primer sumario por este caso, la institución planteó la posibilidad de que los propios manifestantes hubiesen sido los culpables de las lesiones de Gatica y dejó fuera de la investigación al teniente coronel Claudio Crespo, quien actualmente es el principal acusado en la causa, en la que está formalizado por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas.

En junio de 2020, una nueva investigación interna reveló que Crespo había descargado en su computador personal los videos de la cámara GoPro que portaba el día en que Gatica fue herido, antes de entregar los registros a la Policía de Investigaciones. Por esta razón, fue dado de baja de la institución, según informó el medio Interferencia. Sin embargo, a pesar de haber sido sancionado con la expulsión tras un sumario, el retiro de Crespo es temporal y no absoluto, según los datos entregados por Carabineros a Documenta. Estuvo en prisión preventiva hasta el 12 de octubre de 2021.

 

CASO 9: PEÑALOLÉN, 11 DE NOVIEMBRE DE 2019

Esa mañana, en la Viña Cousiño, ubicada en la comuna de Peñalolén, el joven de 22 años de iniciales J.F.C. retornaba a su casa tras la suspensión de las faenas donde trabajaba como constructor. En el trayecto se encontró con una manifestación que estaba siendo dispersada por Carabineros. Según su relato, quedó acorralado frente a los funcionarios que avanzaban a pie y en moto, golpeando y deteniendo con inusitada violencia a quienes se encontraban en el lugar. Preso del miedo, decidió esconderse dentro de un block de departamentos, donde quedó atrapado al intentar saltar la reja. Allí fue alcanzado y reducido por dos carabineros que lo golpearon con pies y lumas, para luego tomarlo detenido por desórdenes públicos. Una vecina del sector logró captar los hechos con su teléfono y el registro se hizo viral en poco tiempo, dejando en evidencia el rol de los carabineros.

La investigación avanzó rápidamente. El joven pasó de detenido a víctima, pero aún así los uniformados mantuvieron su versión y aseguraron que J.F.C. había sido visto lanzando piedras y en poder de un cuchillo, con el que pretendía agredirlos. Los funcionarios justificaron los golpes registrados en el video, diciendo que habrían escuchado a alguien gritar “¡apuñálalo!”.

Esta versión alternativa de los hechos finalmente no se sostuvo y los carabineros terminaron aceptando su responsabilidad en un juicio abreviado, donde fueron condenados a 540 días de pena remitida por apremios ilegítimos.

 

CASO 10: PEDRO AGUIRRE CERDA, 18 DE NOVIEMBRE DE 2019

El 18 de noviembre de 2019, cerca de las 11 de la noche, Tomás Eguiguren se encontraba en la Plaza Dávila junto a unos amigos cuando decidió retirarse del lugar. En el trayecto a su casa pasó por la Tenencia de Pedro Aguirre Cerda, donde había personas tirando piedras. Eguiguren comenzó a ser perseguido por carabineros, corrió unas cuadras y se tropezó con un altillo. En el suelo, el cabo Rubén Gajardo y el carabinero Alexis Sepúlveda le dieron una golpiza que lo hizo perder el conocimiento. Primero pasó por la tenencia, donde lo arrastraron por el piso, pero no supo nada hasta que despertó en el servicio de urgencia SAR Amador Negme, en calidad de detenido.

Al día siguiente, Tomás Eguiguren fue formalizado por tirar piedras a la tenencia de Carabineros en Pedro Aguirre Cerda y romper el vidrio trasero de un auto particular, información que fue entregada por el cabo Rubén Gajardo. El carabinero confeccionó un parte falso al consignar que las lesiones de la víctima se produjeron por su caída, lo que fue descartado gracias a un video de una cámara de seguridad que grabó el momento en que el joven era detenido. Por estas mentiras y la golpiza contra Eguiguren, el cabo Gajardo fue sentenciado por apremios ilegítimos y falsificación de instrumento público el 13 de agosto de 2021 y está cumpliendo penas de 3 años y un día y 541 días, ambas en libertad vigilada intensiva. El uniformado se mantiene en servicio activo, a pesar de que su sentencia cumple con las condiciones contempladas por ley para el retiro absoluto de la institución.

 

CASO 11: SAN BERNARDO, 26 DE NOVIEMBRE DE 2019 

Fabiola Campillai caminaba junto a su hermana por Fermín Vivaceta a la altura de Portales Oriente, en San Bernardo, para tomar transporte a su trabajo, mientras al otro lado de la calle carabineros de Fuerzas Especiales estaban vigilando una manifestación. En este contexto y sin previo aviso, el capitán Patricio Maturana le disparó una bomba lacrimógena directamente en el rostro, lo que la hizo caer al suelo. Pese a los intentos de los médicos, la víctima perdió la visión de ambos ojos, después de varias cirugías. También perdió el gusto y el olfato.

A pesar de que inicialmente el uniformado negó poseer imágenes de lo ocurrido, un informe policial de julio de este año reveló que sí portaba una cámara GoPro el día en que ocurrieron los hechos, aunque todavía no está claro qué sucedió con el registro. Patricio Maturana está formalizado por apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves gravísimas y es parte de los funcionarios que está con retiro temporal de la institución.