Hombre Chileno 18 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Apremios ilegítimos
  • Lugar del evento
  • Maipú
  • Fecha del evento
  • 11-11-2019, 16:30 hrs.

Relato de la querella

D.J.R.O. fue detenido el 11 de noviembre de 2020, a las 16:30 horas aproximadamente, por funcionarios policiales de dotación de la 25ª Comisaría de Carabineros de Chile, en instantes que participaba en una manifestación que se desarrollaba en la Plaza de Armas de la comuna de Maipú, y se había apersonado en el lugar un numeroso contingente de funcionarios policiales a fin de dispersarla.

En su relato al INDH, el afectado refirió que momentos antes de ser detenido, al percatarse de la presencia de Carabineros, y debido al susto que le había provocado tal situación, decidió separarse de la masa pensando que de ese modo los uniformados irían tras ella pero empezaron a seguirlo a él, razón por la cual eligió correr en solitario por un pasaje, advirtiendo enseguida que se le cruzaban varias motocicletas pilotadas por funcionarios policiales. En tales circunstancias, al lograr llegar a la intersección de calle 5 de Abril con Alberto Llona, un motorista de Carabineros lo embistió por detrás con su motocicleta, lanzándolo a unos 3 o 4 metros de distancia sin sentir el golpe por la adrenalina, y que al levantarse, sufrió la embestida de otro motorista que lo golpeó con la motocicleta que pilotaba en su cadera cayendo nuevamente al suelo, momento en el que otro funcionario policial, con la finalidad de reducirlo, puso uno de sus pies sobre su cabeza y el otro -pie- en su antebrazo, resultando en definitiva esposado e ingresado a un retén móvil que formaba parte del contingente policial que había concurrido a la plaza, en cuyo interior los funcionarios policiales que allí se encontraban le profirieron insultos, y en el cual fue conducido al inmueble donde funciona la referida 25ª Comisaría de Carabineros de Maipú.

Relató además que, posteriormente, a eso de las 17:00 horas aproximadamente, antes que el vehículo policial en el cual se encontraba, llegara a la 25ª Comisaría de Carabineros de Maipú, comenzó a sentir dolor en todo el cuerpo -principalmente en su cadera- así como también cierta rigidez corporal, percatándose que tenía inflamado el glúteo izquierdo, la rodilla derecha y el tobillo izquierdo, todo lo cual hizo que le costara descender del retén; que al interior de la unidad policial, un carabinero que se había sacado el guante institucional que tenía puesto, le pegó con dicha prenda en la cara, refiriéndose a él como “pajarón culiao” y que, adicionalmente, otro carabinero procedió a tomarlo de los hombros y a golpearlo con uno de sus pies tirándolo al suelo, a consecuencia de lo cual se golpeó nuevamente la cadera, luego de lo cual fue obligado a pararse sin poder lograrlo debido al dolor; agregando que en un determinado momento le preguntó a sus custodios por qué no llevaban puesto el parche donde constan sus identificaciones, interrogante que uno de funcionarios policiales respondió con una grosería.

Posteriormente, todavía en poder de sus captores, fue llevado a constatar lesiones junto a otras 6 personas que se encontraban detenidas, lesiones que fueron catalogadas como leves, recordando haber sido examinado rápidamente por un médico bajo la atenta mirada de una funcionaria policial encargada de su custodia, oportunidad en la que le manifestó al profesional de la salud que lo atendió sentir dolor en las partes del cuerpo donde había sido golpeado.

Finalmente, al día siguiente, fue puesto a disposición de este Tribunal para que fuese controlada su detención y ser formalizado, y luego, una vez recuperada su libertad, concurrió junto a su padre a un centro de salud particular con la finalidad de que las lesiones provocadas el día de los hechos por funcionarios policiales fueran debidamente atendidas.

En los hechos, las conductas descritas constituyen el delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 150 D incisos primero y segundo del Código Penal.

Avances de la investigación

El Ministerio Público decidió no perseverar con la investigación.