Mujer Chilena 22 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Tortura
  • Lugar del evento
  • Talca
  • Fecha del evento
  • 28-10-2019

Relato de la querella

En virtud del mandato legal del INDH, se ha tomado conocimiento de hechos constitutivo de ilícito penal acaecidos en contexto de manifestaciones sociales efectuadas en la comuna de Talca por personal de Fuerzas de Orden y Seguridad Públicas, en contra de E.C.O.V., que, como se explicará, vulneraron el ordenamiento jurídico penal, así como también las garantías constitucionales de la víctima y las obligaciones de Derecho Internacional asumidas por el Estado de Chile.

La víctima señala que, el día 28 de octubre de 2019, se encontraba en calle 2 Sur con 4 Oriente de la ciudad de Talca con sus amigos. En instantes que pasaba el bus de Fuerzas Especiales de Carabineros se escondió en la puerta de Bar Estado, con la finalidad de evitar el gas lacrimógeno. Al bajarse los funcionarios del bus, ella comienza a correr, es detenida por Carabineros violentamente y con constantes forcejeos, lanzándola al suelo, resultando con lesiones consistentes en erosión en sus dedos y palmas de sus manos, debiendo vendar un dedo de la mano derecha y dos dedos de la mano izquierda.

Posteriormente, fue trasladada a la 4° a la Comisaría de Talca. En dicho lugar, 2 funcionarias de Carabineros le señalan que debía sacarse la ropa, aduciendo que es porque algunas personas “traen cosas y es necesario revisarlas”. Pese a su resistencia y súplicas, la víctima es obligada a desnudarse completamente en su parte superior, luego se viste y es obligada a desnudarse completamente de la cintura hacia abajo y obligada a realizar 3 sentadillas. La referida situación conllevó un grave e irreparable perjuicio a su dignidad, infligiéndole un sufrimiento psíquico irreparable.

Al día siguiente es trasladada al Juzgado de Garantía de Talca, pasado a audiencia de control de detención. La Defensora realiza la denuncia, formula alegaciones respecto de la fuerza excesiva utilizada en la detención en su contra, ordenando U.S., lo siguiente: “se remita al Ministerio Público el audio de la audiencia, así como los datos de atención de urgencias los cuales se encuentran en poder del Tribunal a fin de que se le asigne RIT y RUC y se inicie una investigación en contra de los funcionarios aprehensores que aparecen en el parte policial: Sargento 1ro C.M.F., Sargento 2do I.P.R. y, Cabo 1ro A.C.R. Todos funcionarios de la 3ra Comisaria de Talca, dotación de la subcomisaría de fuerzas especiales de la ciudad de Talca.”

Lo anterior, según acta de audiencia en causa del Juzgado de Garantía de Talca.

Por tanto, Carabineros, con este actuar comete un trato vejatorio contra la víctima.