Mujer Chilena 22 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Apremios ilegítimos
  • Lugar del evento
  • La Florida
  • Fecha del evento
  • 22-10-2019

Relato de la querella

El día 22 de octubre de 2019, los y la amparada fueron detenidos/a en la Sub Comisaría de los Quillayes, por el presunto delito de receptación y maltrato de obra. Las tres víctimas fueron agredidas por golpes de pie, puño y lumazos por diversos funcionarios/as del referido centro de detención, siendo además amenazados/as, coaccionados/as para no relatar los hechos de las agresiones que habían sufrido y apuntados con armas de fuego con el fin de intimidarlos/a.

En particular, J.R.H. fue obligado a hacer flexiones mientras era golpeado con la luma y fue golpeado con el arma de fuego de los funcionarios de Carabineros. Como consecuencia de las agresiones sufridas, resultó con las siguientes lesiones
– Cabeza: Región parietal derecha, heridas contuso cortante de 4 y 7 cm, región supracarneal derecha herida de 5 cm, región pariental izquierda herida cortante de 3 cm, región menotonianna derecha contuso cortante de 4 cm. – Extremidades inferiores: Pierna izquierda contusiones múltiples en tercio distal. – Extremidades superiores: Brazo derecho tercio distal y medio tatuaje de 30 cm, antebrazo izquierdo esquimosis de 5 a 8 cm. – Tórax: Anterior para esternal derecha esquimosis de 5 cm, región de torso izquierda tatuaje de 15 cm.

Las conductas descritas, respecto de J.R.H., constituyen el delito de tortura del artículo 150 A del Código Penal.

Por su parte, F.V.M. fue obligado a hacer flexiones mientras era golpeado con la luma y fue golpeado con el arma de fuego de los funcionarios de Carabineros. Como consecuencia de las agresiones sufridas, resultó con lesiones por golpes de luma en la espalda y muslo, y una herida contuso cortante en el cráneo, la que debió ser suturada.

Por último, B.A.J. resultó con un hematoma en su muslo izquierdo como consecuencia de los golpes propinados por los funcionarios de Carabineros.

Las conductas descritas, respecto de F.V.M. y B.A.J., constituyen el delito de apremios ilegítimos del artículo 150 D del Código Penal, cometidos por funcionarios de Carabineros de Chile de la Sub Comisaría de Quillayes.