Relato de la querella
Según el relato de B.R., con fecha 20 de octubre de 2019, alrededor de las 20:20 horas, en el contexto de estado de emergencia, este transitaba junto a un amigo por la calle Centeno, sector de la Pampilla, comuna de Coquimbo, en dirección a su domicilio. Ambos buscaban evitar pasar por el centro de la ciudad producto de los disturbios de las manifestaciones.
En ese contexto, aparecieron funcionarios de Carabineros de Chile y se llevaron detenido a B.R., mientras que su amigo escapó corriendo.
En el proceso de su detención, la víctima no opuso resistencia y puso sus manos en alto, a lo que un funcionario de Carabineros respondió arrojándolo al piso y colocando un pie sobre su cabeza. Estando ya reducido, los funcionarios aludidos le propinaron golpes de forma sucesiva en la cara con el bastón de servicio que portaban.
Posterior a ello, fue subido al furgón policial para ser trasladado a la 2° Comisaría de Coquimbo. Una vez allí, fue obligado a desnudarse y ponerse en contra de la pared, siendo además amenazado de muerte en reiteradas ocasiones. Ya en el calabozo, este nuevamente recibió golpes por parte de funcionarios de Carabineros, situación que se repitió después en el traslado de la víctima al Juzgado de Garantía de Coquimbo para su respectivo control de detención.
Al llegar al Juzgado de Garantía de Coquimbo la víctima y otros detenidos recibieron golpes por parte de personal de Gendarmería de Chile.
Luego, tras lo acontecido la víctima acudió por sus propios medios al Servicio de Urgencias del Hospital San Pablo de Coquimbo, y conforme a DAU N° 67259 con fecha 24 de octubre de 2019, a las 17:57 horas se estableció en el examen físico que este sufrió “fractura con pérdida parcial pieza dental (incisivo superior izquierdo), hematoma en dorso de la nariz, hematoma periorbitario izquierdo de 5 cm, hematoma costal derecho de 10×5 cm, hematoma anterolateral muslo derecho de 20×20 cm, hematoma lateral muslo izquierdo de 10×10 cm, y hematoma posterior muslo izquierdo de 20×20 cm” con diagnóstico de “agresión por terceros, TEC no complicado, fractura nasal y fractura dental”.
En los hechos las conductas descritas constituyen el delito de tortura del artículo 150 A del Código Penal, recientemente modificado, cometido por funcionarios/as de Carabineros de Chile.