Relato de la querella
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ha tomado conocimiento de los hechos que afectaron a la víctima J.C.F.P., ya individualizada, ocurridos en la ciudad de Rancagua el día 26 de noviembre de 2019.
En la citada fecha, el afectado señala que aproximadamente a las 21:30 horas y mientras transitaba por las calles Cáceres con Oscar Castro, de esta ciudad, junto a dos amigos, a fin de evitar los disturbios que se estaban realizando por esa avenida. Los sobrepasó un automóvil de marca Toyota Azul y desde adentro del vehículo se bajaron personas vestidas de civil, quienes no se individualizaron y sin mediar provocación alguna los apuntan con las armas de fuego que portaban, tipo pistolas. Inmediatamente tomaron en forma violenta a uno de los amigos que lo acompañaban, L., para luego libertarlo a fin de intentar detener a B.P., otro de los amigos que lo acompañaba. El denunciante agrega que alcanzó a correr por temor a lo que estaba pasando, luego de avanzar aproximadamente dos cuadras, ingresó a una casa que tenía las puertas de la reja perimetral y la puerta interior abierta, como habían personas en sus interior, intento pedir ayuda explicando que era seguido por sujetos desconocidos que portaban armas, cuando las personas de la casa intentaron calmarlo y socorrerlo, los sujetos que lo amenazaban ingresaron hasta la residencia atemorizando a todos los presentes con las armas que portaban. Posteriormente y bajo el miedo que habían provocado, los agresores lo tomaron fuertemente desde el cuello, lo sacaron violentamente desde la casa hasta la calle, en todo momento bajo amenaza con el arma que portaban, uno de ellos le reprochó el hecho de haber estado quemando camiones, a pesar de que Fredes Polanco le insistía que había una confusión, que este no estaba haciendo nada malo.
Una vez en las afueras de la casa, la víctima es tomada desde la pañoleta que portaba en su cuello, con tanta agresividad y violencia que le impedía la respiración y a pesar de que este intentaba alertar a los sujetos de esta dificultad, estos no dejaron en ningún momento de apretar su cuello. La asfixia fue tan enérgica que el afectado comenzó a perder el conocimiento. Encontrándose en esa situación de vulneración y totalmente reducido en el suelo, casi inconsciente, otros de los sujetos agresores comenzaron a darle patadas y golpes en distintas partes del cuerpo, incluso uno de ellos le dio una patada en su cabeza, golpeándolo con el pavimento, para luego poner su pie sobre ella y presionarla contra el piso con tanta fuerza que los lentes ópticos, que Fredes Polanco portaba, explotaron en su rostro.
Momentos más tarde, al lugar llegó una patrulla de carabineros, como el afectado se encontraba casi inconsciente, es tomado por sus agresores y arrojado en forma violenta en el vehículo. En ese momento se da cuenta que los sujetos agresores eran también carabineros, aunque estos vestían de civil y no se habían individualizado como tal, además de ser apuntado durante todo el trayecto con una pistola y con insultos y amenazas de distinto orden.
Luego, es llevado hasta la 1ra. Comisaría de Rancagua, donde se encontró con uno de los amigos que lo acompañaba, B.P. Estando en el calabozo de la comisaría J.C.F.P. siguió sintiéndose mareado, con fuertes dolores de cabeza y con adormecimiento de sus extremidades, probablemente todo ello producto de la asfixia y golpes en la cabeza que había recibido. Ante esto, él su amigo B.P. y los otros detenidos dentro del calabozo le solicitaron a los funcionarios de carabineros que le prestaran alguna atención médica, negándose estos a ayudar al afectado. Luego de unas ocho horas de detención, fue trasladado hasta el Centro Asistencial SAR Baquedano, donde debía caminar apoyado en su amigo, toda vez que no era capaz por si solo de mantenerse en pie y avanzar, a pesar de que los funcionarios de carabineros lo insultaban y le reprochaban su comportamiento, sin prestar auxilio alguno. Indica que en el centro asistencial, el especialista sólo lo miró en forma superficial, sin atender sus requerimientos médicos, en atención a lo mal que se sentía y también le negaron la posibilidad de acceder a la copia de la constatación de lesiones.
A eso de las 8:45 hrs. del día siguiente de la detención, fue trasladado hasta el Juzgado de Garantía de Rancagua y encontrándose en los calabozos de este edificio, totalmente vulnerable y bajo la vigilancia de gendarmería, uno de los funcionarios de esta institución lo obligó a desnudarse, sin ninguna razón aparente, para luego obligarlo a realizar sentadillas ante su mirada.
Posteriormente en la audiencia de control de detención, es formalizado por el delito de desórdenes públicos y porte de arma cortante, para ser dejado en libertad. Una vez libre el afectado se dirigió hasta el SAPU RANCAGUA, donde fue atendido y diagnosticado de: Edema y eritema en región frontal derecho, heridas lacerantes. Cervical lesiones equimóticas en cuello anterior. Equimosis en brazo derecho, eritema en rodilla derecha.
Así, las conductas que habrían realizado funcionarios de carabineros configuran, el delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes previsto en el artículo 150 D del Código Penal.
Por otro lado, en cuanto a las conductas descritas y que se habrían verificado en los calabozos del Juzgado de Garantía, donde la víctima fue obligada a desnudarse y a realizar sentadillas, conductas que habrían sido realizadas por funcionarios de gendarmería, configuran el delito de torturas, previsto en el artículo 150 A del Código Penal.