Hombre Chileno 42 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Violencia innecesaria con resultado de lesiones graves
  • Lugar del evento
  • Rancagua
  • Fecha del evento
  • 20-10-2019, 20:00 hrs.

Relato de la querella

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ha tomado conocimiento de los hechos que afectaron a la víctima E.H.S.R., ya individualizada, ocurridos en la ciudad de Rancagua, el día 20 de octubre de 2019.

En el contexto de las manifestaciones sociales realizadas en la fecha y ciudad señaladas, a: eso de las 20:00 horas, el ofendido fue alcanzado por perdigones percutidos por funcionarios de Carabineros de Chile.

Al respecto, la víctima refiere que se encontraba al interior de su domicilio, en Población Diego Portales, calle Constanza, Block 102, departamento N° 205, Rancagua, momento en el cual comienza a verificarse una manifestación en la vía pública, en las inmediaciones de su morada, motivo por el cual salió a la calle a ver lo que sucedía, instantes en que los manifestantes, producto de los disparos que efectuaba Carabineros para dispersarlos, corrieron huyendo hacia él, donde estaba observando, siendo seguidos por los funcionarios policiales, encontrándose en tales circunstancias: con un Carabinero que iba en la persecución armado con una escopeta antimotines, el cual, al verlo, lo apuntó a menos de tres metros de distancia y le disparó hacia la parte superior de su cuerpo, recibiendo el impacto de cuatro perdigones que se alojaron, en la parte facial izquierda, oreja izquierda y antebrazo izquierdo, comenzando: a sangrar copiosamente

A consecuencia de las heridas; el afectado relata que, una vez que regresó débilmente a su inmueble, por sus propios medios, fue trasladado por familiares al CESFAM 5 ubicado en calle Juan Martínez de Rozas, donde fue estabilizado, para luego ser conducido: de urgencia desde dicho centro asistencial al Hospital Regional de Rancagua, donde fue intervenido quirúrgicamente el pasado 29 de octubre.

Como resultado de las lesiones sufridas, la víctima indicó que le otorgaron licencia médica por espacio de treinta días a contar del 23 de octubre, que se encuentra actualmente en tratamiento médico, que se ha resentido la sensibilidad en la zona izquierda de su rostro, y que ha perdido en parte la visión de su ojo izquierdo.

Hoy en día la víctima comienza a recorrer un áspero proceso para intentar recuperarse del injusto trauma físico y emocional que le correspondió vivir.

Así, finalmente, las conductas descritas configuran el delito violencia innecesaria, del artículo 330 N° 2 del Código de Justicia Militar, cometido por funcionarios de Carabineros de Chile.