Mujer Chilena 24 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Apremios ilegítimos
  • Lugar del evento
  • Recoleta
  • Fecha del evento
  • 24-11-2019, 19:30 hrs.

Relato de la querella

El día domingo 24 de noviembre de 2019, B.H. y P.M. se encontraban en calle Bombero Núñez, entre calle Dardignac y avenida Bellavista, comuna de Recoleta, participando de una actividad solidaria, con música al aire libre y actividades para niños y niñas, la que había sido previamente autorizada por la Municipalidad de Recoleta.

Aproximadamente a las 19:30 horas, llegaron personas que aparentemente venían de las manifestaciones en Plaza Baquedano, y momentos más tarde, una bomba lacrimógena impactó la esquina del escenario donde estaba tocando una banda, el que se encontraba ubicado en calle Bombero Núñez, justo fuera del Bar Uno. El lugar se llenó de humo y las personas asistentes, entre ellas, niños y niñas, comenzaron a correr y los organizadores desmontaron el escenario rápidamente, aun cuando no había ningún tipo de disturbio o incidente.

En cuestión de segundos llegó al lugar un carro lanza aguas dispersando a las personas que estaban en la actividad. B. y P. intentaron protegerse, sin embargo, fueron rociadas por el líquido del vehículo. Luego de ello, tocaron la puerta del Bar Uno para refugiarse, no obstante, en el momento en que estaban ingresando, un funcionario de Fuerzas Especiales de Carabineros de Chile se acercó a ellas y tomó fuertemente del pelo a B. Ambas se abrazaron muy asustadas, intentando entrar al bar, instante en que alrededor de cinco efectivos policiales procedieron a zamarrear y golpear a P. con bastones de servicio en ambos brazos y en su hombro izquierdo. Tras ello, P. logró entrar al bar, y entre aproximadamente quince funcionarios tomaron detenida a B., lanzándola al suelo y golpeándole la cabeza, piernas y brazos con bastones de servicio.

Posteriormente, B. fue trasladada hacia un vehículo policial que indicaba en su fachada que pertenecía a la 5º Comisaría de Macul. Fue custodiada por la única funcionaria de Carabineros que llevaba su identificación, P. Sanhueza, toda vez que los demás uniformados estaban sin ella. En un determinado momento, B. se movió pues estaba desorientada tras la agresión ocurrida, frente a lo que la carabinera le indicó a gritos «¡déjate de mover mocosa culiá porque si quiero te sigo pegando!”.

La víctima además refiere que previo a subir al vehículo, la registraron, y al ingresar preguntó a los uniformados a qué comisaría la llevarían, solicitando sus nombres. Tras hacer estas preguntas, procedieron a golpearla nuevamente con bastones de servicio en la pierna izquierda, y luego cerraron la puerta del vehículo y la subieron sola, sin funcionarios.

Posteriormente fue trasladada hacia la 6º Comisaría de Recoleta, y antes de entrar a la unidad policial, la funcionaria P. S le señaló de manera amenazante “no constates lesiones porque así se demorarán más en liberarte y será peor”.

Sin embargo, al entrar a la unidad policial, conversó con el Capitán M. y le pidió ir a constatar lesiones. La trasladaron al SAPU Valdivieso, de la comuna de Recoleta, donde no constataron todas las lesiones, pese a que éstas eran visibles. Según el DAU Nº 18965553, la clasificación diagnóstica indica “examen general e investigación de personas sin quejas o sin diagnóstico informado”, observación “se evidencian escoriaciones en rodilla derecha y rodilla izquierda”.

Tras volver a la 6º comisaría de Recoleta, fue engrillada a una silla, fuera del calabozo, desde aproximadamente las 22 horas hasta alrededor de las 02:00 horas, hora en la que fue dejada en libertad, quedando apercibida por el artículo 26, por la falta del artículo 495 Nº 1 Código Penal.

Al día siguiente, 25 de noviembre de 2019, B. concurrió al SAR Julio Acuña Pinzón, donde le constataron nuevamente lesiones. Según lo indicado en el DAU Nº 18977913, el diagnóstico señala “policontusa, contusión craneal” y la anamnesis “presenta hematoma occipital mediano, de aprox de 3 cm. Rangos cervicales completos, presenta dolor a la palpación paravertebral izquierdo, apófisis espinosas ok. Equimosis violácea brazo izquierdo de aprox. 4 cm de diámetro mayor. Dolor a la palpación glúteo derecho cuadrante supero externo, sin lesiones en piel. Equimosis leve muslo derecho cara lateral tercio medio. Erosiones ambas rodillas, sin signos de lesión intra articular ni ósea. Equimosis leve pierna derecha cara anterior distal”.

Por otra parte, ambas víctimas se encuentran con secuelas psicológicas y emocionales tras los hechos precedentemente relatados, compatibles con aquellas documentadas en el Protocolo de Estambul en relación a las víctimas de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, toda vez que han tenido recurrentes pesadillas, dificultades para conciliar el sueño, ansiedad y temor a funcionarios policiales.