Hombre Chileno 18 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Tortura
  • Lugar del evento
  • La Cisterna
  • Fecha del evento
  • 22-11-2019, 15:10 hrs.

Relato de la querella

El día viernes 22 de noviembre de 2019, aproximadamente a las 15:10 horas, en instantes que D.F.R.A., de 15 años de edad, y N.S.C.E.P., se encontraban en puntos distintos, cerca de la intersección de Gran Avenida José Miguel Carrera con Avenida Ossa, comuna de La Cisterna, sector en el cual se desarrollaba una manifestación, resultaron detenidos por un grupo de funcionarios de Carabineros -al parecer de dotación de la 39ª Comisaría de Carabineros de El Bosque- quienes, una vez que los redujeron violentamente, procedieron a subirlos a un retén móvil en cuyo interior fueron agredidos por uno de dichos funcionarios policiales el cual los golpeó con una piedra (el adolescente víctima de estos hechos fue golpeado en su cabeza y el mayor de edad en su pierna derecha) y además, en el caso de N.S.C.E.P., con su bastón institucional y sus puños. Tras la acción del referido funcionario policial, D.F.R.A. resultó con una herida en la cabeza que tuvo que ser suturada, mientras que N.S.C.E.P. con contusiones en diversas partes del cuerpo (en la espalda, testículos, mano derecha, y ambas piernas, entre otras partes de su cuerpo), cabiendo hacer presente que en su relato prestado al INDH, D.F.R.A. manifestó que sus aprehensores le obligaron a referir que la herida en su cabeza había sido provocada por un manifestante y que de declarar lo contrario seguiría varios días detenido.

Posteriormente, ambos detenidos fueron conducidos a la 10ª Comisaría de Carabineros de La Cisterna, y después, por separado, transcurridas varias horas, a un recinto asistencial -al SAPU Cóndores de Chile- en el cual les constataron lesiones que fueron diagnosticadas con carácter de leves, siendo a continuación trasladados nuevamente a la mencionada unidad policial.

Finalmente, D.F.R.A. fue liberado por una puerta lateral de la unidad, en tanto N.S.C.E.P. obtuvo su libertad luego de ser puesto a disposición de este Tribunal, en causa por el delito de Desórdenes Públicos.

En los hechos las conductas descritas constituyen el delito de Tortura, tipo penal previsto y sancionado en el artículo 150 A del Código Penal.