Hombre Chileno 28 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Violencia innecesaria con resultado de lesiones graves
  • Lugar del evento
  • La Serena
  • Fecha del evento
  • 19-11-2019, 22:20 hrs.

Relato de la querella

De acuerdo al relato de F.M.C., en el contexto de protestas sociales que suceden en nuestro país, con fecha 19 de noviembre de 2019, a eso de las 22:20 horas, y tras manifestarse en las calles de La Serena, se encontraba camino a su hogar por la Ruta 5.

Al llegar a la intersección de la Ruta 5 con calle Penni, de la ciudad de La Serena, ve que por dicha arteria venía, en sentido contrario al tránsito, un retén móvil de Carabineros, el cual, sin detener su marcha, abrió la puerta lateral, procediendo los funcionarios a disparar, desde el interior del vehículo, a las personas que por allí transitaban, impactándole a la víctima F.M., un proyectil de perdigón en su ojo izquierdo.

Relata la víctima, que fue atendido por personas que transitaban en el lugar, pero que, al intentar ponerlo de pie, le impacta en la parte superior del brazo derecho una bomba lacrimógena lanzada por los funcionarios policiales.

Fue finalmente trasladado por las personas que lo auxiliaron, hacia el frontis de la Escuela Técnica ubicada en Avenida Francisco de Aguirre de la ciudad de La Serena, donde lo subieron a un vehículo particular para trasladarlo a la urgencia del Hospital San Juan de Dios de la misma comuna.

De acuerdo al Dato Atención Urgencia (DAU) N° 77195, la victima ingresó a atención de Urgencias del Hospital San Juan de Dios de La Serena con fecha 11 de noviembre de 2019 a las 22:40 horas, por un TRAUMA OCULAR IZQUIERDO (Perdigón en el ojo), siendo la condición de ingreso GRAVE.

El documento de EPICRISIS Y EGRESO MEDICO, señala que el diagnostico de ingreso del denunciante F.M.C. fue Cuerpo extraño Orbitario Ojo Izquierdo, Trauma Ocular Grave por proyectil (Balin) Ojo Izquierdo, manteniéndose dicho diagnostico al egreso. Procedimiento realizado: Exploración de herida orbitaria y se obtiene el balín. Es decir, se le debió extraer el balín que se había alojado en el ojo izquierdo de la víctima.

Conforme el relato de la víctima, este no portaba ningún elemento en sus manos que justificare el actuar del funcionario de carabineros en su contra, ni tampoco realizó conducta alguna que pusiera en riesgo la integridad física del mismo.

Estos hechos, en cuanto las lesiones graves sufridas por la víctima, son producto del uso excesivo y desproporcionado de la fuerza en el actuar de Carabineros de Chile, que afecta la integridad personal al privarlo de un miembro tan importante como un ojo. De los hechos y antecedentes tenidos a la vista se coligen a lo menos lo siguiente:
– La víctima recibió un disparo de escopeta de perdigones percutada en su contra por un funcionario de carabinero. A mayor abundamiento, luego de recibir disparos de perdigones, recibió un impacto de bomba lacrimógena en su brazo derecho.
– La acción ejecutada por el Carabinero, funcionario del Estado, causo una lesión grave a la víctima. Se vulneró su integridad física gravemente.
– La actuación del funcionario es realizada con inobservancia a los protocolos de uso de armas de fuego de Carabineros, la que resulta relevante a los fines de establecer responsabilidad penal.