Hombre Chileno 19 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Apremios ilegítimos
  • Lugar del evento
  • Quillota
  • Fecha del evento
  • 13-11-2019, 3:00 hrs.

Relato de la querella

El día 13 de noviembre de 2019, en horas de la madrugada, N.A.F.U., y F.R.F.U., en circunstancias que se devolvían a su casa, después de haber compartido con amigos, alrededor de las 03:00 horas, fueron detenidos y golpeados por funcionarios de Carabineros.

Ese día, las víctimas junto a un amigo, iban caminado por calle Chacabuco en la comuna de Quillota, misma calle en que se encuentra la Cuarta Comisaria de Quillota, momentos en que mueven unos conos que se encontraban en la calle e inmediatamente aparecen desde el interior de la Comisaria cuatro funcionarios de carabineros que empezaron a perseguir a las víctimas y su amigo, quienes alcanzaron a correr alrededor de una cuadra y media por calle Maipú con intersección en calle Carrera, hasta que apareció un furgón policial, bajándose de funcionarios un total de doce funcionarios que no portaban identificación algún, según refieren las víctimas, siendo dos de ellos mujeres.

Como reacción frente al miedo que tuvo, F. refiere que intento grabar la situación, sin embargo, una funcionaria de carabineros, le quitó el celular, amenazándolo con golpearlo a efectos de que le entregara la contraseña para desbloquear el celular, por temor a ser golpeado F. entregó dicha clave, la funcionaria borró el video, junto con revisar el contenido del celular, sin hacer entrega del celular a la víctima.

En ese momento fueron golpeados y amenazados por los funcionarios policiales, les habrían dicho “¿Qué les pasa conchetumadre? Los vamos a torturar. Refieren haber sido golpeados con golpes de lumas, pies y puños. De hecho, F. señala que de tantos golpes que recibió y de tirarle su ropa, le rompieron el polerón que llevaba puesto. N. señala que una de las funcionarias mientras lo golpeaba y al percatarse que no caía al suelo, producto de los golpes, señaló “Ah! Este está jalado, hay que pegarle más”.

Posteriormente, fueron esposados y subidos al vehículo policial, donde en ningún momento se les explicó el motivo de la detención. Igualmente señala F. que mientras lo subían al vehículo, los funcionarios les pegaban con lumas en sus piernas.

Fueron llevados al Hospital de Quillota a constatar lesiones, en distintos vehículos policiales, F.F. junto a su amigo, fueron trasladados en una camioneta que llegó a buscarlos y N. fue trasladado en el furgón policial que habría llegado a reducirlos, y en dicho traslado, funcionarios policiales le habrían colocado en su cabeza el cono, que habían movido anteriormente, burlándose de aquello.

En el momento en que los bajan del vehículo policial, funcionarios policiales les habrían aplicado técnicas de estrangulamiento a ambas víctimas, poniendo un brazo en el cuello y haciendo presión con el otro brazo, según refieren ambas víctimas, agresión que se habría producido mientras se encontraban esposados y sin posibilidad de escapar.

F., fue el segundo en constatar lesiones, señala, haber sido atendido en el mesón y rodeado por cinco funcionarios, momentos en que consultó cual era el motivo de su detención, recibiendo como respuesta por dos funcionarios de que se callara y que en la comisaría lo verían. El médico le preguntó si tenía lesiones, a lo cual contestó afirmativamente, y el médico solicitó que se bajara los pantalones, sin embargo, viendo las evidentes lesiones que tenía, estas no fueron consignadas en el dato de atención de urgencia.

N. fue el último en constatar lesiones, señalando que ingresó con siete funcionarios, teniendo que bajarse los pantalones en presencia de ellos, aun cuando solicitara que esta atención fuera privada, el médico igualmente señaló que N. no tenía lesiones.

Fueron llevados hacia la Comisaría en vehículos separados y según refiere N., que un carabinero que se encontraba a su lado de apellido G., indicaba que “estoy chato de esta gente” y que en cualquier momento dispararía porque para algo el Estado le había dado esa arma y que no le importaban los Derechos Humanos.

Ya en la comisaría, les indicaron que el motivo de la detención era por haber alterado el orden público y, los dejaron a los tres en una celda, hasta un poco antes de las 09:00 horas, momentos en que fue la madre de las víctimas a buscarlos a la comisaría y los llevó al Hospital de Quillota nuevamente a constatar lesiones, en ese lugar se encontraron con un carabinero que, según refieren las víctimas, habría presenciado cómo habían sido golpeados anteriormente, le preguntaron el nombre, pero él señaló no había estado en ese turno, la identificación que tenía el funcionario era Cabo 2do P.

En los hechos las conductas descritas constituyen el delito de apremios ilegítimos del artículo 150 D del Código Penal, cometido por funcionarios/as de Carabineros de Chile.