Relato de la querella
El día 21 de octubre del año en curso, R.M.M. participó de la marcha ciudadana realizada por las calles de la ciudad de Coyhaique. Cuando la marcha retorna a la plaza de armas, comienzan a lanzar bengalas por lo que decide retirarse, concurriendo a la Tropera a comerse una hamburguesa. Una vez que sale del local comercial, se escucha mucho ruido por lo que camina hasta el punto Copee, en ese momento ve que la gente corre en su dirección por lo que se da media vuelta para irse por calle Baquedano, y aparecen varios Carabineros en moto, uno de los cuales golpea con la rueda de la moto su pierna (quedándole marcada la erosión que le produce de la rueda en la pierna izquierda), cae al suelo, perdiendo una zapatilla, como puede se levanta y trata de correr pero es alcanzado por otro Carabinero quien le propina una patada con la que lo bota al suelo, perdiendo su otra zapatilla.
Estando en el suelo, lo golpean entre varios Carabineros, dejándole lesiones en brazos y en la cabeza, en la que tiene un chichón ya que trató de cubrirse, en eso llega un cuarto Carabinero que les señala a sus compañeros que no lo sigan golpeando porque ya está reducido y que se lo lleven al vehículo policial.
Los Carabineros lo llevan a un vehículo policial que estaba cerca, tirándolo al piso cayendo de boca, donde lo mantienen por un rato de cubito dorsal, no dejando
que se mueva, ni que se pare, comenzando los Carabineros a pisarle los pies que tenía descalzos puesto que se le habían caído sus zapatillas, lo que causa varias heridas en sus pies, sumado a los insultos que le proferían.
Luego de ello, estando aún de cubito dorsal, lo pasean por un tiempo en el vehículo policial, sin ser trasladado a la Comisaría, hasta que llega un jeep, cambiándolo de vehículo para trasladarlo a la Comisaría. Todo lo anterior le provocó lesiones en la cabeza, manos, brazos, rodilla, pierna y pies, las que indica constan en la constatación de lesiones que se le realizó en el hospital regional de Coyhaique.
Las conductas descritas configuran el delito de apremios legítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes prevista en el artículo 150 D del Código Penal, cometido por funcionarios motorizados de Carabineros de Chile que realizaban procedimiento durante la marcha ciudadana.