Mujer Chilena 18 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Tortura
  • Lugar del evento
  • Los Andes
  • Fecha del evento
  • 04-11-2019, 12:30 hrs.

Relato de la querella

El día 4 de noviembre del 2019, la víctima C.P.A.A, en circunstancias que se encontraba detenida en la Tercera Comisaría de Los Andes, fue obligada a desnudarse y a practicar sentadillas, por orden de funcionarias de Carabineros de Chile.

La víctima habría sido detenida ese día, alrededor de las 12:30 horas, en el contexto de las manifestaciones sociales.

Estando en la referida comisaría, y a pesar de que la mayoría del personal policial no llevaba su parche de identificación, la carabinero de apellido “Blumer” o “Blumel” le habría indicado a la víctima que debe ir al baño para desnudarse, ante lo cual ésta pregunta si se trata de un acto legal, respondiendo la funcionaria que sí. Atendida su afirmación, la víctima tuvo que desnudarse, bajando su pantalón y ropa interior, siendo luego llevada a constatar lesiones. Al regresar del hospital, la misma funcionaria de apellido “G.” que la había acompañado en dicho procedimiento, le indica que vaya al baño y se desnude. La víctima responde que ya lo había hecho frente a su otra compañera, pero la carabinero insiste, por lo que procede a sacarse nuevamente la ropa ahora frente a dos funcionarias. En esta oportunidad, le hicieron hacer tres sentadillas para revisar sus partes íntimas, recibiendo en todo momento una serie de insultos relacionados con su cuerpo.

Cerca de las 02:00 a.m. aproximadamente, solicita realizar una llamada para contactarse con un familiar, la que fue negada, señalándole después que su familia ya sabía que estaba detenida.

La víctima hace presente que le pidió al carabinero que identifica como “C.S.” ir al baño, quien le negó esa posibilidad. Igualmente indica que cerca de las 08:00 a.m todas las personas detenidas fueron fotografiadas por el personal policial; para estos efectos, la víctima fue llevada a una oficina aparte de los demás.

Durante la audiencia de control de detención, la víctima denunció lo ocurrido, acudiendo al día siguiente a dependencias del Ministerio Público.

Por lo tanto, las conductas descritas en esta presentación, constituyen el delito de tortura del artículo 150-A del Código Penal, cometido por funcionarios de Carabineros de Chile, como se argumentará a continuación.