Hombre Chileno 21 Años

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  • Institución del querellado
  • Carabineros
  • Delito investigado
  • Apremios ilegítimos
  • Lugar del evento
  • Osorno
  • Fecha del evento
  • 28-10-2019, 19:00 hrs.

Relato de la querella

El Instituto Nacional de Derechos Humanos ha tomado conocimiento de los hechos que afectaron a la víctima, ya individualizada, en la comuna de Osorno, en el contexto de manifestaciones públicas en la misma ciudad.

Al respecto, la víctima, de 21 años de edad, señala que el día 28 de octubre de 2019, alrededor de las 18:00 horas, se coordinó con 5 amigos para asistir a una marcha convocada para iniciar en la Plazuela Yungay de Osorno, con destino hacia la Plaza de Armas de la misma ciudad. Señala que participó de la misma, sin mayores eventos, hasta llegar a la Plaza de Armas, lugar donde arriba un bus institucional de Carabineros de Chile, desde donde descienden alrededor de 20 funcionarios de Fuerzas Especiales, a quienes identifica de esta unidad por los cascos y armadura institucional que vestían, además de otros 6 funcionarios de unidades motorizadas. Señala que al llegar comienzan a disipar a las personas reunidas con uso de disuasivos químicos (lacrimógenas), señalando la víctima que los dispositivos habrían aterrizado a espaldas de los manifestantes, provocando entonces un acorralamiento entre manifestantes y funcionarios.

La víctima señala que en ese momento se encontraba a la altura de la Gobernación Provincial de Osorno, por lo que comienza a correr en dirección a la cúpula de la Plaza con la intención de protegerse. En ese momento, señala verificar la llegada de Carabineros de Chile por calle Juan Mackenna, quienes se encontraban haciendo uso de armas antimotines, por lo que se aleja en dirección contraria a ellos, cuando se encontraban a unos 10 metros de distancia, momento en el que escucha dos disparos, para luego ser impactado por 7 municiones (perdigón o balines) en el glúteo derecho, así como otras dos en el brazo izquierdo. Aún alcanzado por estos disparos, continúa corriendo, percatándose del sangrado activo que mantenía en la zona del glúteo. En ese momento, se dirige hacia personal de Brigada de salud, que en ese momento se encontraban en el centro de la plaza, al costado de la pileta, quienes le señalan que no era posible ayudarle dada la magnitud de las lesiones, ya que las municiones no estaban expuestas. Por ende, se comunica con los amigos con los que concurre a la plaza, quienes lo trasladan al Hospital San José de Osorno.

En el lugar, es evaluado por un médico de Urgencia, así como médico cirujano que le señala que no es posible retirar los perdigones del glúteo, por lo que le realizan curaciones y se le realizan radiografías. Al respecto, el Dato de Atención de Urgencia señala “Paciente recibe lesiones por perdigones en zona del brazo izquierdo, dorso, tórax y en zona glútea izquierda. Lesiones menores de 1 cm, superficiales no complicadas. Rx: 7 perdigones en glúteo y 2 en brazos. Se realizara curaciones y se derivara a Cesfam”. Como hipótesis de diagnóstico inicial se verifican lesiones múltiples por perdigones brazo inzquierdo, dorso, tórax y en zona glútea izquierda, con pronóstico médico legal leve. En razón de estas lesiones, y al mantener dolor durante los días siguientes a los hechos, debió concurrir dos veces al Cesfam Dr. Pedro Jauregui, para realizarse curaciones producto de las lesiones. Asimismo, con fecha 6 de noviembre de 2019, debió concurrir nuevamente a Urgencia del Hospital San José de Osorno, consignándose en Dato de Atención de Urgencia, “Paciente masculino de 21 años de edad con antecedente de recibir heridas por perdigones el 28/10/2019 en glúteo derecho y brazo izquierdo, presenta dolor actualmente en ambos sitios del trauma, de moderada intensidad, que no cede con analgésicos (…) se evidencian 2 heridas cicatrizadas por proyectil en brazo izquierdo y 07 en glúteo derecho”, realizándose nuevamente curaciones y administrándose analgesia.

Las conductas descritas configuran el delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes prevista en el artículo 150 D del Código Penal, cometido por funcionarios/as de Carabineros de Chile, ocurridos en el sector de Presidente Ibañez en la ciudad de Puerto Montt.