Relato de la querella
En el contexto de las múltiples manifestaciones y uso de la fuerza en contexto de la función policial que vive nuestro país, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, tomó conocimiento de los siguientes hechos ocurridos en la ciudad de Osorno.
Que el día martes 22 de octubre, en el sector cercano a la estación de ferrocarriles de Osorno, M.M. se encontraba junto a dos amigos luego de haber participado de las manifestaciones públicas de ese día. Se dirigían a eso de las 21.30-22:00 horas a buscar el auto de M., que se encontraba en una calle cercana, cuando ven que mucha gente empieza a correr, verificando que estaban escapando de funcionarios de Carabineros, quienes avanzaban percutiendo sus escopetas antimotines. Ante esto, ellos se refugian tras una locomotora que había en el lugar, cuando son aprehendidos por funcionarios de Carabineros que se encontraban en moto y a pie, contabilizando alrededor de 4 o 5 funcionarios.
Señala que en su caso particular, un funcionario la tomó detenida, la tiró al piso, le tomó el pelo, y muy bruscamente la habría conducido diciéndole “weona qué andai weando aquí”, conduciéndola y diciéndole “camina mierda”.
Señala que la subieron al bus que ella identifica como de Fuerzas Especiales, junto a otros detenidos y a sus dos acompañantes, siendo esposada y dirigida a la Primera Comisaría de Osorno. En el lugar, señala que los habrían conducido a una sala amplia con sillas, una especie de auditorio como sala de clases con sillas, donde a ella la ubican un poco más distanciada que al resto de los detenidos – todos de sexo masculino-, pero en la misma sala.
Señala que entonces una funcionaria de Carabineros de sexo femenino la hace incorporarse y la dirige a un baño que se encontraba en cercano a la sala. Allí, ya se encontraba otra funcionaria, quien se pone guantes y le indica que debe desvestirse completa. En ese momento, M. le consulta por qué debía sacarse todo, a lo que funcionara le contesta “cállate, yo soy la que da las órdenes, cómo no entiendes”. Ella se saca la ropa, sin sacarse la ropa interior (calzones), ya que le indica que en ese momento se encontraba con su periodo (menstruación), reiterándole el mandato la funcionaria, diciéndole que se callara y lo hiciera. Al mismo tiempo, se encontraba presente la otra funcionaria que la llevó al baño, quien se mantenía en silencio. La funcionaria que realizaba el proceso le dice “¿te estoy preguntando si andas con la regla? Te dí una orden bájate los calzones”, a lo que ella llorando se baja los calzones hasta las rodillas, pero la funcionaria le dice que tiene que ser hasta abajo.
Acto seguido le indica “ya, te sacai los calzones y hací 3 sentadillas, y las cuentas”, a lo que la víctima realiza una sentadilla, sin poder contarla por la conmoción que le produjo esta situación, y la funcionaria le contesta “acaso no sabí contar”. La víctima le hace presente que no tenía para qué tratarla tan mal, a lo que la carabinera le dice “¿tú creí que yo quiero ser tu amiga? Hazlas de nuevo”. Entonces, M. realiza las tres sentadillas, que son contadas por la Carabinera en voz alta. Acto seguido, la funcionaria la hizo agachar la cabeza, le sacudió el pelo, en voz de la víctima al parecer buscando algún elemento escondido, le revisó las orejas, y luego la hicieron entregar cordones, aros y anillos, y le ordenaron se vistiera.
Señala haber sido dirigida por la misma funcionaria que la llevó, de vuelta al salón con el resto de los detenidos, donde verifica que a ellos los habían hecho sacarse cordones y mostrar el interior de sus zapatos, más no desnudarse en frente de nadie. Indica que en este salón, el funcionario que la había conducido le indica que iba a dar aviso al colegio donde trabaja y se desempeña como trabajadora social, para que supieran “en qué andaba metida”. Luego le saca de sus pertenencias su licencia de conducir, diciéndole “mira qué linda la profe, mira el ejemplo que está dando”, tomándole fotografía a su licencia, y le indica a otro funcionario que fuera a realizar un oficio para enviar al colegio “para que la echen cagando”. La víctima le responde que ella no se encontraba haciendo nada, que sólo se dirigía a su auto que estaba estacionado, diciéndole el funcionario que su auto estaba destruido, que iba a encontrar “la pura cáscara”.
Pasó el rato, y ella seguía siendo la única detenida, hasta que arriba un detenido que se resistía a la detención, por lo que un Carabinero ordena que mejor sea conducida a una sala contigua donde mantenían a menores de edad.
Después de un rato la llevan a constatar lesiones al Hospital, junto a un funcionario masculino que entró al box de atención con ella. El médico le pregunta si tenía algún dolor, le hizo subir la polera para revisar si tenía lesiones en la espalda. El dato de atención de Urgencia señala “Paciente traída por carabineros para constatación de lesiones, refiere agresión por terceros, recibe golpe contuso en región dorso lumbar, evolución con dolor leve. Al examen físico sin equimosis o laceraciones en piel de región dorsal, leve dolor a la palpación de columna dorsolumbar sin deformidad o crepito óseo” constatándose sin lesiones. Luego de este proceso, es llevada de vuelta a la Primera Comisaría. Señala que a eso de las 3:30 AM aproximandamente, es trasladada a la Comisaría de sector Ovejería, donde había otra detenida de sexo femenino, a quién alcanzó a contar parte de lo que le ocurrió. Señala que a eso de las 6 de la mañana pudo llamar a una amiga, contándole lo ocurrido y entregándole el nombre del funcionario aprehensor que luego la habría amenazado con comunicar a su lugar de trabajo. Se le informa que el motivo de su detención era por desórdenes, pero que no iban a ponerla en libertad por encontrarse vigente toque de queda en ese momento.
Una vez puesta en libertad, señala que un par de horas después iniciaba su jornada laboral en el establecimiento educacional, por lo que se dirige a su auto, que se encontraba en buenas condiciones, y se traslada a su trabajo. Indica que debido al trasnoche y el estado mental en el que quedó producto de lo vivido, no se pudo concentrar, señala haberse encontrado en shock, por lo que una compañera de trabajo que se percata de su estado le indica que se dirija al Hospital para que conversara con algún profesional.
En la atención otorgada el día miércoles 23 a mediodía, señala “Paciente refiere haber sido detenida (a las 21:30) en contexto de toque de queda mientras iba caminando en calle Mackenna (sector estación ferrocarriles). Llevada para efectos de carabineros a bus de detención. Refiere agresión de efectivo con puntapiés en región lumbar y rodilla, así como también ser llevada del pelo al carro. Una vez en comisaría refiere apremios de tipo verbal y amenazas (seguimiento, informar a empleador de detención). Es libera hoy a las 6AM. Sin lesiones en cara, piezas dentales completas. Equimosis en región dorsolumbar. Dolor a la palpación en región dorsolumbar y dolor a la movilización en flexoestención y rotación. Equimosis múltiples en región anterior de muslo bilateral de 2-3 cms. Sin otras lesiones visibles”. Se consigna como hipótesis de diagnóstico inicial, policontuso, agresión por terceros y trastorno adaptativo, indicándose como diagnóstico de egreso secuelas de intervención legal y trastorno de adaptación, derivándose a Policlínico Especialidad Psiquiatría, con pronóstico médico legal de mediana gravedad. Se le indica reposo de 5 días (licencia médica), diclofenaco para el dolor, y evaluación siquiátrica para el día 24 de octubre de 2019. Además, se le indica clonazepam 4 mg/día.
En su atención de día 24 de octubre de 2019, la atiende profesional Camilo Martínez, quien indica “El motivo de consulta es que el miércoles en la mañana comenzó a notar cambios en ellas que la asustaron. Lloraba y reía alternadamente y eso la asusta porque se define como alguien estable emocionalmente y teme descontrolarse, por ejemplo llorar en público, o decir una palabra inadecuada a alguien. Nota que está como alejada de todo. Otros hablan y ella está en otro mundo. Se siente vulnerable, siente rabia. Tiene familiares lejanos que fueron sometidos a tortura en el año 1973, pero su experiencia actual la define como inesperadad e inimaginada “Lo que había pasado a ellos yo lo veía como algo de la historia, nunca pensé que hubiera podido pasarme algo como lo que me pasó ahora”. Anoche durmió mal, con insomnio de conciliación, con sueño interrumpido y pesadillas. Soñó que la atrapaban carabineros y arrancaba. Hoy se siente más tranquila. Desea Apoyo sicológico. Ha tenido contención emocional por amiga sicóloga y ayer se contactó con INDH y se enteró que el procedimiento policial que reporta se aleja del respeto a los derechos civiles. Al examen vigil, orientada, aspecto cuidado, discurso estructurado de volumen levemente disminuido y velocidad normal. Contenidos expuestos, en lo afectivo con angustia moderada (se contiene, a ratos llora), No expresa espontáneamente sentimientos agresivos. Transmite vulnerabilidad y explicita sensación de extrañeza ante lo sucedido, sorpresa y vulnerabilidad, pérdida de sus parámetros básicos de seguridad, y cierta inocencia. Sin ideas de muerte, sin síntomas sicóticos”. Finaliza con hipótesis diagnóstica inicial transtorno por estrés agudo, recetándose Clonazepam 2 mg, Eszoplicona 3 mg, e interconsulta con sicóloga Cesfam Rahue para atención a la brevedad posible y control con siquiatra SOS.
En los hechos las conductas descritas constituyen el delito de tortura del artículo 150 A del Código Penal, recientemente modificado, cometido por funcionarios de Carabineros de Chile.