Relato de la querella
El día sábado 19 de octubre, antes del toque de queda, la víctima recibió un ataque brutal, criminal y cobarde de parte de Carabineros. La víctima se dirigía en su bicicleta por Av. Vicuña Mackenna hacia el domicilio de un amigo, a eso de las 21:10 aproximadamente. Al llegar por Vicuña Mackenna a Av. Rojas Magallanes, se percata de la presencia de barricadas y manifestaciones por Vicuña, motivo por el cual se desvía hacia Av. Rojas Magallanes en dirección al poniente porque en el lugar estaba carabineros y eso le dio más seguridad al pasar por su lado.
Cuando pasó, sin provocación alguna de su parte, un carabinero le grita «ándate pa’ la casa conchetumadre». Siguiendo la marcha en su bicicleta la víctima replica en voz alta «donde crees que voy, culiao», sin darse cuenta que en la vereda de frente se encontraban otros carabineros entre un árbol y un poste de electricidad, quienes al verlo pasar le gritan «cállate conchatumadre» y, acto seguido, le disparan a quema ropa, por la espalda, a una distancia de 4 metros aproximadamente.
Como consecuencia de los disparos, la víctima resultó con múltiples lesiones de diferente gravedad: 6 impactos en el brazo izquierdo, 2 en la espalda, 1 en el rostro, este último de mayor gravedad ya que el proyectil quedó alojado en su cabeza. Carabineros se va del lugar sin prestarle ayuda. Recibió ayuda de personas que transitaban por el lugar en ese momento, llamaron a una ambulancia pero no se pudieron comunicar, por lo que se tuvo que trasladar en bicicleta y herido al domicilio de un amigo para guardar su bicicleta y ser trasladado al SAPU de Villa O´Higgins y luego al Hospital de La Florida, en el cual estuvo hospitalizado hasta el lunes 21 de octubre. Se le otorgó licencia médica, adjunta con los documentos de DAU en un otrosí de esta querella, asistiendo a curaciones y esperando control para evaluar una posible operación para extraer el proyectil que quedó alojado en su cabeza.
En los hechos, las conductas descritas constituyen delito de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, del artículo 150 D del Código Penal, respecto de todos los que resulten responsables, siendo todos funcionarios de Carabineros de Chile al momento de comisión de los hechos.