Relato de la querella
Desde principios de octubre del año 2019, se han realizado diversas manifestaciones en la comuna de Renaico, para demostrar el rechazo ciudadano a la instalación del Proyecto Hidroeléctrico “Agua Viva” en el caudal del Río Renaico, lo que ha traído como consecuencia la presencia permanente de carabineros de Fuerzas Especiales en la comuna. En dicho contexto, el día viernes 17 de enero de 2020, alrededor de las 21:00hrs, se realizaba una nueva marcha por las calles de la comuna.
A las 21.30hrs de ese 17 de enero de 2020, L.A.B.V. afuera de su casa ubicada calle Mac Iver, para jugar con sus hijas de 10 y 6 años, donde habitualmente se juntan niños y niñas mientras sus madres los cuidan y conversan. L. estaba en conocimiento de que ese día se realizaría una marcha, sin embargo, ella y sus hijas no participaron. Mientras se encontraban en la callem pudo observar un incendio en el sector de la línea del tren, el cual se produjo por las bombas lacrimógenas lanzadas por Carabineros. Alrededor de las 23:30hrs, se escucharon disparos, al parecer de perdigones, viendo a personas que corrían para escapar de los funcionarios de Fuerzas Especiales, por lo que L.B. reaccionó de inmediato llamando a sus dos hijas para que ingresaran a la casa, al igual que sus vecinos. Cuando iba ingresando a su domicilio, la víctima recibió el impacto de una bomba lacrimógena en la cabeza, cayendo de manera inmediata al piso, inconsciente y sangrando. Asustadas, sus hijas salieron a pedir ayuda de inmediato, siendo asistidas por vecinos y vecinas que trasladaron inmediatamente a L. hasta el Cesfam de Renaico. Las personas que estaban en el lugar en ese momento, el disparo de la lacrimógena se realizado a una distancia aproximada de 60mts.
En el Cesfam de Renaico, la víctima fue atendida por un técnico paramédico, ya que no había médico de turno, debiendo ir un enfermero desde el sector Tijerales para curar y suturar la herida producida por el impacto de la bomba lacrimógena. En dicho lugar no le realizaron examen de RX ni escáner, y aunque debía ser trasladada al Hospital de Angol, ello no pudo ser posible debido a que no había chófer para la ambulancia.
El formulario de atención de urgencia Nº456945, correspondiente a la atención de salud que recibió esa noche, indica como hipótesis diagnóstica trauma en zona occipital del cráneo, consignando en la anamnesis: “(…) Ingresa por herida cortante por objeto contundente en zona posterior del cráneo. Sangrado activo. Paciente refiere que estaba fuera de su domicilio cuando recibió impacto por objeto contundente el cual provoca herida abierta”. Respecto del exámen físico realizado a la víctima se indica “Valoro pcte en regulares condiciones generales, hidratada, afebril eupneica, desorientada, confusa. A la exploración en herida se evidencia que es de 4cms profunda, con sangrado activo en zona posterior de cráneo. Se sutura con nylon 3.0 aplicando 4 puntos. Pcte se muestra inquieta, ansiosa y temblorosa”.
Al día siguiente, L.B. regresa al Cesfam de Renaico para ser revisada por un médico. En dicha ocasión recibió el diagnóstico de trauma craneoencefálico leve por objeto corto-contundente. El formulario de atención de urgencia indica en la anamnesis “refiere que el día de hoy hacia las 00+50 acudió al servicio de urgencias de esta institución con una herida en cuello cabelludo ocasionada por trauma contundente con lata de gas lacrimógeno lanzada por las fuerzas especiales de Carabineros desde calle Progreso a la altura de la represa hacia la esquina de calle Mac-Iver 280 hacia las 00+45, en donde se encontraban los vecinos reunidos con sus niños jugando (…) Paciente refiere sensación mareo y náusea, con prurito alrededor de la herida suturada, durante los hechos presentó caída desde su propia altura hacia adelante al recibir golpe con lata de gas lacrimógeno a nivel del vertex, con pérdida de conciencia de +/- 30 segundos”. Dentro de las observaciones realizadas por la médico Ivonne Caro Roa, se indica “se observa herida de 2cm suturada en cuero cabelludo a 1cm del vertex sobre línea media hacia occipital, sin signos de infección, sin hematomas adyacentes, no se palpan crepitaciones ni deformidades en la bóveda craneana”.
La noche en que ocurrieron los hechos relatados en la presente querella, la víctima junto a su esposo R.A.C., concurrieron a la Tenencia de Carabineros de la comuna para denunciar lo que había ocurrido, siendo ingresada esta denuncia mediante el Parte Nº 23. Asimismo, el día 20 de enero del presente año, concurrieron a la Municipalidad de Renaico para solicitar el registro de las cámaras existentes en el sector aledaño a su domicilio.